Mediante nota dirigida al Intendente del Partido de La Plata, Dr. Julio Alak, el CAUBAUNO conjuntamente con el Colegio de Agrimensores D5, el Colegio de Ingenieros D5, el Colegio de Técnicos D4 y APYMECO -Asociación de Pymes de la Construcción de la Pcia. de Bs. As., solicitaron la prórroga del plazo contemplado en el Art. 379 del Anexo III de la Ordenanza Nº 12.692, que establece como disposición transitoria la continuidad de Emprendimientos que acrediten actividad normativa previa, encuadrados en la Ordenanza de Ordenamiento Territorial precedente.
El mismo se fundamenta en que las acciones tendientes a cumplimentar con los requisitos exigidos, frecuentemente no son simultáneas, sino de cumplimiento sucesivo, y cuyo perfeccionamiento no sólo depende de quien las impulsa, sino de los responsables de los organismos ante quienes se realizan.
De tal forma, la dificultad para obtener con prontitud los informes o autorizaciones que deben emitir distintas dependencias públicas y/ o privadas, impone una primera barrera de factores ajenos al gestionante, que obstaculiza el cabal cumplimiento del plazo de 180 días corridos establecido.
Por otra parte, los actos realizados por quienes son portadores de un interés legítimo en estos casos -compra-venta de terrenos, constitución de fideicomisos o sociedades, formalización de contratos profesionales y otros-, demandó no solo realizar diversas tramitaciones, sino también ejecutar importantes erogaciones, cuya cuantía se actualiza constantemente y opera en muchos casos su vencimiento y necesidad de actualización.
Por las situaciones descriptas, las instituciones referidas formalizaron el pedido de extensión de plazos, entendiendo que la concesión de prórrogas no solo redunda en beneficio de los administrados, sino también de la propia administración, al contribuir al cumplimiento de los objetivos de gestión plasmados en la norma.